miércoles, 17 de agosto de 2016

Teníamos razón: sentencia del TSXG afirmando que el cobro de las costas por parte de los abogados era un derecho adquirido

Imagen: http://bit.ly/2bbfsGU
 Ha pasado ya algo más de un año desde que finalizó el encierro, y poco más de un año desde la sentencia a favor del Juzgado de lo Social de Ferrol respecto al tema de las costas. Aun así, hemos recibido otra buena noticia: el TSXG ha fallado también a nuestro favor, no solo desestimando el recurso de suplicación interpuesto por el Sindicato Nacional de CCOO de Galicia contra la primera sentencia, sino también aceptando el recurso de suplicación interpuesto por nuestra abogada María Veiga.

El siguiente párrafo extraído de la sentencia hace una buena síntesis de la misma:

(...) De lo consignado resulta la plenitud del derecho de la actora-recurrente (percibir honorarios profesionales devengados por su actuación como parte impugnante de recursos de suplicación y casación en el orden social, en representación del afiliado/usuario de los servicios jurídicos de CCOO, resueltos judicialmente en favor de los intereses que defiende) que, en consecuencia, no es susceptible de limitación, tampoco mediante compensación o reducción -en favor del usuario- sobre el precio que hubiere pactado con el sindicato por valerse de su asesoría jurídica; entre otros motivos, porque tal circunstancia supondría alterar la titularidad del derecho litigioso con la consiguiente merma cuantitativa.

Hemos puesto en conocimiento de los medios de comunicación el contenido de la sentencia así como un comunicado, del que da muestra el artículo "El TSXG resuelve a favor de una letrada el conflicto con Comisiones Obreras" de La Voz de Galicia. En él, se pide que los responsables de la gestión del conflicto desde el sindicato rindan cuentas por una actuación que supuso un desgaste en la imagen y honorabilidad de los letrados, los afiliados y el sindicato. Además, demostrada la injusticia de las medidas tomadas, y con el fin de restaurar la situación original, debería reincorporarse a Gumersindo Cartelle de nuevo a la asesoría jurídica.

jueves, 9 de julio de 2015

Un juez nos ha dado la razón: nueva asamblea informativa.

Así es: ayer llegaba a nuestro conocimiento la sentencia emitida por el Tribunal que juzgaba la demanda de nuestra abogada María Veiga contra el Sindicato Nacional de CCOO de Galicia respecto al tema de las costas.


 De este hecho, la prensa de hoy se hacía eco de la siguiente manera


El próximo lunes 13, a las 19:30h, en la Sede Comarcal de CCOO de Ferrolterra, se convoca a afiliados y simpatizantes a una asamblea para informar sobre este hecho tan relevante, elaborar un comunicado, y decidir las siguientes acciones a realizar al respecto.

jueves, 21 de mayo de 2015

Nueva convocatoria y más actitudes represoras en la Unión Comarcal

Esta nueva publicación se hace con el fin de convocar a todos aquellos afiliados y simpatizantes con nuestra lucha a una asamblea que se celebrará el próximo viernes 22 de Mayo de 2015, a las 18:00h, en el Local Social de la AVV de Valón.

El motivo de esta asamblea es organizarnos de cara a las movilizaciones que se realizarán con motivo de dos juicios que tendrán lugar en breve sobre los problemas laborales que ha estado sufriendo María, abogada de la asesoría jurídica.



A saber:
  • 28 de Mayo: demanda sobre acoso en el trabajo
  • 1 de Junio: impugnación de la sanción impuesta por CCOO
La razón de realizar la asamblea en un lugar distinto a las dependencias de la Unión Comarcal de Ferrol es el que los lectores se pueden imaginar. Ante la petición realizada tanto en persona como por escrito para solicitar el local, hemos obtenido una respuesta comparable a la siguiente

 o al ya memorable


Esta decisión al parecer viene amparada en un terror insoportable ante la posibilidad de un nuevo encierro. Algo que resulta sorprendente si uno se para a pensar que no han hecho nada en absoluto para resolver la situación que condujo a que se produjera ese encierro. O sea, se ataja la posibilidad de protesta, pero no el problema.

Dejando de un lado el humor, apremiamos a todos aquellos que han simpatizado nuestra postura durante todo este tiempo a asistir y participar en esta reunión. Se trata de apoyar y defender a una compañera que en su tesón de dar lo mejor en defensa de los trabajadores ha sufrido ataques tanto en lo laboral como en lo personal. Algo ya de por sí terrible, pero que viene a agravarse porque los responsables de tales acciones han sido miembros de la ejecutiva de la Unión Comarcal. Algunos de ellos, ya condenados por coacción e injurias por sucesos descritos en publicaciones anteriores, y que desgraciadamente y para vergüenza de CCOO siguen ocupando su cargo.

Esperamos vuestra asistencia.

miércoles, 25 de marzo de 2015

Nueva noticia sobre el levantamiento del encierro

Esta vez, la noticia ha sido cubierta por El Correo Gallego, aunque de una forma bastante escueta. Podéis leer la noticia en el siguiente enlace:

http://www.elcorreogallego.es/galicia/ecg/criticos-ccoo-ferrol-finalizan-un-encierro-cinco-meses/idEdicion-2015-03-18/idNoticia-921707/

Por el momento, esta asamblea permanece unida y a la espera de noticias sobre la sentencia del juicio por las costas que tuvo lugar el pasado 12 de Febrero (http://democracia-ccoo-ferrol.blogspot.com/2015/02/cronica-del-juicio-del-pasado-12-de.html)

Seguiremos informando

martes, 17 de marzo de 2015

Sobre el levantamiento del encierro

Para aquellos que no les haya llegado la noticia, informamos que el pasado viernes se ha levantado el encierro que veníamos manteniendo desde el pasado 20 de Octubre como protesta por el cese de Cartelle, las deleznables conductas que se habían ejercido contra trabajadores de la asesoría jurídica, y demandando una solución al conflicto existente.

De este hecho, se ha hecho eco la prensa este fin de semana en los siguientes artículos:


Aquellos afiliados y simpatizantes con esta causa que deseen conocer la situación actual de esta causa, y los motivos de levantamiento del encierro, tienen dos citas importantes esta semana:

  • Este martes 17/03/2015, a las 18:00 se ha convocado una asamblea informativa para afiliados y simpatizantes en la sede de la Unión Comarcal
  • El miércoles 18/03/2015, a las 17:00 se ha convocado una rueda de prensa para informar a los medios en la sede de la Unión Comarcal. Esperamos contar con vuestra presencia también para mostrar respaldo a este colectivo
A pesar de estas convocatorias, existe una duda sobre el lugar exacto donde podrán tener lugar estos dos actos. El motivo es que desde ayer, el Salón de Actos que venían ocupando los protagonistas del encierro permanece cerrado a cal y canto: algo que según relatan afiliados con solera no había ocurrido jamás en democracia.
Esta redacción desconoce si es por temor a que, por haches o por bes, vuelvan a surgir motivos para realizar un nuevo encierro (dada la actitud de esta ejecutiva, quien sabe), o si es otra muestra de ese autoritarismo tiránico del que vienen haciendo gala desde que comenzó este conflicto, y que irónicamente resulta más próximo a las tácticas de un golpista que la actitud que ha demostrado esta asamblea en todo momento.

Para desvelar todos estos misterios de primera mano, os invitamos a asistir a las citas mencionadas más arriba.

Seguiremos informando.

viernes, 13 de marzo de 2015

[Video] 10 de Marzo - Pasado e presente do Día da Clase Obreira Galega - 05/03/2015

Como una imagen vale más que mil palabras, os dejamos con el vídeo de la charla sobre el 10 de Marzo que tuvo lugar el pasado 5 de Marzo en el Salón de Actos de la sede de la Unión Comarcal de Ferrol.


jueves, 12 de marzo de 2015

Miembros de la ejecutiva de CCOO condenados por coacción e injurias

El pasado 5 de Marzo, el Xulgado de Instrucción nº1 de Ferrol dictaba sentencia* (0083/2015) sobre el juicio de Faltas (0000001/2015) contra Jose Luis Martínez Balsa y José San Juan Maceiras, miembros de la ejecutiva del Sindicato de Jubilados de CCOO. En dicha sentencia, los considera a los dos culpables de una falta de coacciones. Además, considera a Jose Luis Martínez Balsa como autor de una falta de injurias.

 En dicha sentencia, se consideran hechos probados que los condenados "arrancaron una pancarta reivindicativa que estaba colocada en la fachada de la sede del sindicato", y que cuando los miembros del encierro salieron a recriminarlos y a pedirles que la devolvieran "JOSÉ LUIS MARTÍNEZ BALSA se dirigió a J... y a R... mostrándoles su desacuerdo con la protesta que protagonizaban y llamándoles, entre otras cosas, "hijos de puta" y "cabrones". Asimismo, JOSÉ LUIS se dirigió a A... , quien también había salido de la sede del Sindicato, llamándola "verdulera" y "tonta" " También se indica que "no devolvieron la pancarta, tirándola a un contenedor", algo que reconocieron ellos mismos durante el juicio.

En cuanto a la falta de coacciones, la sentencia considera que según lo expresado en la legislación vigente, todos los requisitos que tienen que darse para que exista "concurren en el caso enjuiciado puesto que los denunciados pretendieron obstaculizar la conducta reivindicativa de los denunciantes, utilizando para ello la "vis in rebus" sobre la pancarta colocada en la fachada de la sede del Sindicato para su actividad profesional, ejerciendo así una presión dirigida a limitar la libertad de acción de éstos carente de cobertura jurídica".  Reza la sentencia que todo esto se concluye "en virtud del material probatorio obrante en autos (...) destacando el reconocimiento por parte de los acusados de que se llevaron la pancarta, precisando JOSÉ LUIS que la metieron en el contenedor y manifestando JOSÉ SAN JUAN que la habían colocado las personas que estaban encerradas; y la declaración testifical (...) que ofrece a esta Juzgadora total credibilidad por el modo y manera en que fue prestada, y de la que se desprende que los acusados no estaban de acuerdo con su protesta y que se llevaron la pancarta que habían colocado".

Respecto a la falta de injurias, se refleja en la sentencia que "concurren en el presente caso los requisitos determinantes de la misma, de una parte, la existencia de palabras, expresiones o actos, por sí mismos, despectivos o vejatorios hacia el sujeto pasivo, y un especial "animus" tendente a escarnecer o vituperar a otros, obteniéndose un resultado lesivo contra la dignidad y patrimonio moral de las personas de la que es responsable, en concepto de autor, JOSÉ LUIS MARTÍNEZ BALSA, en virtud de su directa y material participación en la ejecución (...) a cuya imputación se llega mediante el examen del material probatorio obrante en autos".

Por todo ello, la Magistrada falla que "debo condenar y condeno a JOSÉ LUIS MARTÍNEZ BALSA y JOSÉ SAN JUAN MACEIRAS, como autores de una falta de coacciones, prevista y penada en el artículo 620.2 del Código Penal, a la pena PARA CADA UNO DE ELLOS de MULTA DE DIEZ DÍAS, a razón de CINCO EUROS DÍA, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas".
También que "debo condenar y condeno a JOSÉ LUIS MARTÍNEZ BALSA, como autor de una falta de injurias, presvista y penada en el artículo 620.2 del Código Penal, a la pena de MULTA DE DIEZ DÍAS, a razón de CINCO EUROS DÍA, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas". Además "con imposición de las costas causadas en este procedimiento, si las hubiere, a JOSÉ LUIS MARTÍNEZ BALSA y JOSÉ SAN JUAN MACEIRAS".

De esta sentencia, se hace eco La Voz de Galicia en el siguiente artículo: [Condena por coacción e injurias por la pancarta robada en CC.OO.] Junto con la sentencia, esta asamblea de afiliados le proporcionó a la prensa el siguiente comunicado, aunque lamentablemente no ha hecho mención del mismo en sus páginas: [Nota de Prensa PDF] . A modo de resumen para el lector, diremos que en este comunicado se dice de que en el caso de Balsa, las injurias y coacciones son algo habitual, y que ya había hecho uso de ellas contra los abogados del sindicato, Cartelle y María, como habíamos denunciado en otros comunicados. Y no solo eso, sino que pretende que se empiecen a tomar medidas contra otras personas, como la compañera Aliana, trabajadora de la asesoría jurídica. Y que teniendo en cuenta esto y el contenido de la sentencia, hacemos las siguientes consideraciones:

  1. El lamentable papel de la Secretaria General de la Unión Comarcal, Auri Vázquez, que ante hechos de este tipo se dedicó a mirar hacia otro lado. En base a ello, la emplazamos a que ante esta sentencia condenatoria manifieste públicamente su rechazo y deje de una vez por todas de alimentar a “palmeros” de esta catadura. Y desde luego, exigimos que ante esta golfería tanto las multas como las costas las paguen estos personajes.
  2. El encierro que se está realizando desde hace casi 5 meses se vino desenvolviendo con absoluta normalidad, respetando escrupulosamente el funcionamiento cotidiano de la actividad sindical, a diferencia de otras actitudes tan lamentables, e incluso agresivas y prepotentes, que no tienen cabida en nuestro colectivo.
  3. Por último, señalar, ante la negativa a solventar este conflicto por la vía de diálogo a la que se negó de manera rotunda la dirección de la Unión Comarcal, se nos abocó a judicializar gran parte de nuestras demandas. Y que estamos convencidos de que la justicia nos dará la razón, poniéndose de relieve que la intransigencia, la intolerancia y la difamación es lo que está primando en el funcionamiento de esta Unión Comarcal desde que Auri Vázquez asumió la Secretaría General.

Para finalizar, esta redacción quiere dejar para la reflexión la siguiente cuestión. ¿Se merecen los afiliados, y las Comisiones Obreras tener a estos personajes ocupando cargos en la organización? ¿Vamos a permitir que estas actitudes tomen arraigo en las costumbres de este sindicato? ¿Donde está la dureza de las ejecutivas, y las secretarías generales contra este tipo de actitudes? Una dureza que no han dejado de esgrimir contra este colectivo que únicamente demanda una resolución de un conflicto que se ha negado de forma sistemática, esperando que por desgaste desapareciese por sí mismo.

Al menos esta asamblea no está en disposición de permitir estos desmanes, que suponen una grave degeneración de la imagen y principios que deberían regir esta organización, y recurrirá a los cauces oficiales dentro de la organización para demandar el cumplimiento de la normativa y la depuración de responsabilidades en este caso, así como un pronunciamiento público de la organización sobre el mismo.

* Para aquellos interesados en más detalles sobre la sentencia, disponemos de copias de la misma en el salón de actos para poder ser consultadas.